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TEFA-07-2025: Sobre el proceso de consolidación y distribución del Padrón Amarrillo para La Convención Nacional del Frente Amplio

RESOLUCIÓN TEFA-07-2025

SOBRE EL PROCESO DE CONSOLIDACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DEL PADRÓN AMARILLO PARA LA CONVENCIÓN NACIONAL DEL FRENTE AMPLIO

TRIBUNAL DE ELECCIONES INTERNAS DEL FRENTE AMPLIO. A las 17:00 horas del 28 de JUNIO del 2025 este órgano procede a dictar resolución acerca de la CONSOLIDACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DEL PADRÓN AMARILLO PARA LA CONVENCIÓN NACIONAL DEL FRENTE AMPLIO.

CONSIDERANDO:

PRIMERO: Que el partido FRENTE AMPLIO ha convocado a su afiliación al proceso de convención interna para la elección de los cargos de elección popular para el proceso electoral nacional 2026 al próximo 3 de agosto del 2025. 

SEGUNDO: Que de acuerdo al artículo SEIS del Estatuto Orgánico del Frente Amplio: “Para todos los efectos derivados de la condición de afiliado/a del Frente Amplio el Comité Ejecutivo Nacional deberá coordinar con el Tribunal de Elecciones del Frente Amplio y otros organismos internos el mantenimiento de un Registro de Afiliados/as actualizado denominado Padrón Amarillo. Cuando se realice una convención nacional o provincial, de conformidad con el artículo 36 de este estatuto, corresponderá al Tribunal de Elecciones del Frente Amplio realizar la debida consolidación del Padrón Amarillo.”

TERCERO: Que el TEFA en estrecha coordinación con la Secretaría Nacional de Organización y la Comisión de Datos ha recibido un consolidado preliminar del padrón de afiliación partidario quien fue enviado a las estructuras territoriales correspondientes el 30 de mayo acorde a los plazos integrados por la Asamblea Nacional en el acuerdo político sobre una persona “afiliada un voto” del 22 de marzo. Desde el 31 de mayo y hasta el 15 de junio se recibieron de parte de las estructuras y la afiliación individual consultas y modificaciones mediante el espacio de Adiciones y Rectificaciones al padrón nacional.

CUARTO: Que durante ese período se detectaron omisiones importantes producto de algunos puntos de mejora detectados en el flujo de información desde y hacia las estructuras territoriales y la afiliación en general. Producto del diagnóstico conjunto de la situación se dispuso incluir datos de todas las fuentes mapeables y comprobables disponibles para la elaboración de un padrón nacional de afiliación jurídicamente confiable para la realización de la convención. 

QUINTO: Que el día 20 de junio, en atención a los plazos impuestos por la asamblea nacional para la realización de la convención, el TEFA hizo envío de un padrón actualizado a las precandidaturas debidamente acreditadas para la participación en la convención. Que dicho envío incluye únicamente el contacto de correo electrónico de estar disponible al darse una interpretación restrictiva del inciso h) del resolutivo SEGUNDO del acuerdo político sobre un militante un voto quien cita textualmente: “El 20 de junio de 2025 el TEFA entregará a las precandidaturas inscritas la lista de las personas inscritas para votar en la convención y, de estar disponible, un correo electrónico para enviarles información.”

SEXTO: Que producto del envío del padrón a las precandidaturas inscritas recibió una impugnación respecto a la no inclusión del contacto telefónico de estar disponible. 

SÉPTIMO: Que se identificó una inconsistencia en el proceso de filtrado de personas cuyas renuncias han sido debidamente tramitadas por el Partido, por lo que en coordinación con la Secretaría Nacional de Organización y la Comisión de Datos, se procedió a localizar la fuente de las inconsistencias y subsanarlas en el padrón. De la misma manera el TEFA realizó una revisión de la interpretación dada al inciso h) del resolutivo SEGUNDO del acuerdo político sobre “una persona afiliada un voto”.

POR TANTO ESTE TRIBUNAL RESUELVE:

PRIMERO: Efectuar en coordinación con la Secretaría Nacional de Organización y la Comisión de Datos el procedimiento establecido para las correcciones correspondientes a las falencias detectadas en el padrón nacional enviado a las precandidaturas inscritas el 20 de junio. 

SEGUNDO: Habilitar para todas las precandidaturas debidamente acreditadas un padrón provincial COMPLETO con las correcciones correspondientes y la información de contacto de la que dispongamos, incluyendo número telefónico, en la versión final del padrón de afiliación nacional. 

TERCERO: Que dicho padrón final será enviado a las precandidaturas acreditadas para participar en la convención nacional y a todas las estructuras territoriales correspondientes el día lunes 30 de junio del 2025 con la resolución correspondiente de parte de este tribunal donde detallaremos el proceso llevado para la conformación del padrón y la consolidación final para un uso jurídicamente confiable en el proceso de Convención Nacional.


CUARTO: Que los contratiempos técnicos que enfrentamos como organización para la construcción del padrón nacional o la implementación de la convención nacional en general no pueden significar un retraso del proceso de campaña interna o del día de la Convención Nacional debido a que los mismos están condicionados por los acuerdos de la asamblea nacional y el calendario nacional de elecciones dictado por el TSE. Se esta manera el período de campaña interna se extenderá hasta el día 25 de julio. La convención nacional interna del Partido Frente Amplio se realizará el próximo 3 de agosto del 2025.

Firmas

Rosemary Gómez Ulate Presidenta

Gustavo Campos Alfaro Secretario

Kathya González Hernández Tesorera

Ronny Alexander Masis Montenegro Suplente

Bernardo Rodas Posada Suplente

Vinicio Alfaro Rojas Suplente 

Marcela Sánchez Cortés Suplente