DIPUTADO MERINO PRESENTO RECURSO DE AMPARO EN DEFENSA DEL AGUA DE SARDINAL

El Diputado José Merino del Río presentó ante la Sala Constitucional un Recurso de Amparo, reclamando la violación del derecho constitucional a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, en la construcción del proyecto “Ampliación del acueducto El Coco – Ocotal”, en Sardinal de Carrillo, Guanacaste.

Este Recurso de Amparo del legislador del Frente Amplio, presentado en el Día del Ambiente, amplia, con nuevos aspectos, y refuerza, los argumentos de otros anteriormente presentados.

Según el legislador del Frente Amplio el proyecto “Ampliación del Acueducto El Coco-Ocotal presenta graves irregularidades y vicios de legalidad”. Las obras están siendo ejecutadas incumpliendo importantes obligaciones y disposiciones de nuestro ordenamiento jurídico y sin tomar las precauciones necesarias para evitar daños al ambiente, el recurso hídrico y los derechos de la población, señala.

El Diputado Merino pide a la Sala Constitucional, medidas cautelares urgentes: ordenar al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados la suspensión de todos los trabajos, construcciones y obras del proyecto denominado “Ampliación del Acueducto El Coco-Ocotal”, incluyendo las relacionadas con la perforación y acondicionamiento de pozos para la extracción de aguas subterráneas. Igualmente solicita ordenar al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados suspender o abstenerse de iniciar la extracción de agua de los pozos perforados en terrenos privados para actividades relacionadas con el proyecto denominado “Ampliación del Acueducto El Coco-Ocotal”.

Entre las actuaciones y omisiones en que han incurrido el AyA y la SETENA, que violentan el derecho fundamental que “toda persona tiene derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado”, se encuentran las siguientes:

-Se otorgó viabilidad ambiental al proyecto cuestionado y se inició la construcción de obras que pueden ocasionar graves impactos negativos sobre acuíferos sumamente vulnerables sin contar con la previa aprobación de un Estudio de Impacto Ambiental, a pesar de que la Ley así lo exige.

-Como agravante, el inicio por parte del AyA de la obras de construcción del proyecto en cuestión sin la aprobación previa de un Estudio de Impacto Ambiental, constituye además un claro incumplimiento de la obligación establecida en el artículo 16 de la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, N° 7593.

-Durante el trámite de evaluación de impacto ambiental el AyA ni siquiera cumplió con los requisitos mínimos establecidos en la normativa vigente para obtener la viabilidad ambiental mediante la presentación de una Declaración Jurada de Compromisos Ambientales.

-Se incumplierion y desaplicaron el Principio Preventivo y el Principio Precautorio en materia ambiental por parte de AyA y SETENA. Estos principios se encuentran resumidos en el Principio 15 de la “Declaración de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo” o “Declaración de Río”, que establece: “Con el fin de proteger el medio ambiente, los Estados deberán aplicar ampliamente el criterio de precaución conforme a sus capacidades. Cuando haya peligro de daño grave e irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos para impedir la degradación del medio ambiente”.

-No existe certeza científica sobre los impactos que el proyecto “Ampliación del Acueducto El Coco-Ocotal podría tener sobre los acuíferos El Coco, Ocotal y Sardinal. Sin embargo, la SETENA autorizó dicho proyecto y el AyA inició su construcción.

-Los estudios realizados por el AYA, son parciales e incompletos. Diversas entidades técnicas especializadas como la Auditoría Interna de AyA, el SENARA y la Escuela de Geología de la Universidad de Costa Rica han advertido sobre deficiencias, limitaciones, vacíos y contradicciones en tales estudios.

El Recurso de Amparo, en respaldo de la lucha de la comunidad de Sardinal, pide a la Sala Constitucional:

a) Se anulen las resoluciones N° 2219-2006-SETENA del 22 de noviembre de 2006 y N° 110-2008-SETENA del 22 de enero de 2008 (Viabilidad ambiental al proyecto “Ampliación del Acueducto El Coco-Ocotal”) por ser contrarias al Derecho de la Constitución.

b) Se ordene al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados la paralización indefinida de todos los trabajos, construcciones y obras del proyecto denominado “Ampliación del Acueducto El Coco-Ocotal”, incluyendo las relacionadas con la perforación y acondicionamiento de pozos para la extracción de aguas subterráneas, así como de cualquier actividad dirigida a la extracción de agua de dichos pozos.