1. SOBRE LA FORMA DE POSTULACIÓN: El TEFA sólo admitirá postulaciones al cargo de diputado y diputada de la República. No se aceptarán postulaciones a un lugar específico de la papeleta, por lo que todas las personas postulantes de cada sexo registral competirán entre sí y los lugares serán asignados de mayor a menor según la cantidad de votos obtenidos por cada postulación.
2. SOBRE LA FORMA DE VOTACIÓN: El TEFA elaborará una papeleta a diputado y diputada de la República en la cual cada persona electora podrá realizar dos marcas, una para las candidaturas de sexo registral masculino y otra para las candidaturas de sexo registral femenino. La marca expresará la preferencia de la persona electora al respecto de la pre candidatura que encabezaría la papeleta diputadil de su provincia. Los lugares en la papeleta se distribuirán de mayor a menor según la cantidad de votos válidos obtenidos por cada pre candidatura.
3. Los lugares en la papeleta que no puedan ser asignados con la cantidad de postulaciones presentadas podrán ser asignadas por la Asamblea Nacional convocada para estos efectos.
4. Los lugares en las papeletas legislativas por asignar estarán sujetas a
la distribución aprobada por la Asamblea Nacional en un eventual
Pacto de Coalición.
Para más información, se encuentran disponible la resolución completa: