Diputados no podrán podrán ejercer profesiones liberales o dedicarse a actividades remuneradas durante el ejercicio de su cargo.

• Diputados y diputadas se excluyeron a sí mismos en obligación de dedicarse exclusivamente a las labores de su cargo cuando se aprobó la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito.

La tarde de este miércoles, el diputado José María Villalta presentó el proyecto de ley para la Prohibición a Diputados y Diputadas de la República para el Ejercicio Remunerado de Profesiones Liberales y otras Actividades Remuneradas.

La iniciativa corrige una gravísima omisión de la Asamblea, donde los únicos jerarcas de supremos poderes que quedaron fuera de la prohibición de cobrar remuneraciones por el ejercicio de profesiones liberales fueron los mismos diputados y diputadas. En el pasado, se han dado varios casos de legisladores que utilizaron su tiempo para dedicarse a sus negocios privados, dejando de lado sus deberes como servidores públicos.

Existe también un evidente riesgo de conflicto de intereses, ya que las y los diputados podrían utilizar sus cargos para aumentar su clientela o acceder a información privilegiada para favorecer a esa clientela en perjuicio de toda la ciudadanía.

“Es de conocimiento general que, en legislaturas anteriores hubo diputados que trasladaron las oficinas de sus bufetes o empresas constructoras a la Asamblea. Otros pasaban pegados al teléfono durante Plenario y comisiones para atender llamadas de clientes. Todo esto va en perjuicio de la ciudadanía que les votó para cumplir sus funciones como representantes del pueblo, no para seguir ejerciendo sus profesiones liberales,” comentó el diputado.

“Un punto fundamental es que el proyecto de ley excluye expresamente cualquier tipo de pago adicional o compensación salarial por esta prohibición. La razón es simple; ya las y los diputados reciben una remuneración suficiente”, agregó.

La remuneración de las y los diputados asciende a 4.000.714,75 colones para diciembre de 2018. Este monto equivale a aproximadamente 15 veces el salario base menor de la Administración Pública, y a más de 8 veces la remuneración mensual promedio de las personas asalariadas del país.

Es importante aclarar que el proyecto no impide que las y los diputados ejerzan sus profesiones de forma no remunerada para llevar procesos en defensa de las comunidades o como parte de la labor de control político.